jueves, 22 de abril de 2010

REGLAMENTO DEL SENA

REGLAMENTOS DEL SENA
Faltas académicas y disciplinarias :ARTICULO 18.
Faltas que afectan el proceso de formación y la convivencia: Se consideran los comportamientos que afecta el proceso de formación y convivencia como: las practicas, las omisiones o actitudes que alteran el desarrollo del aprendiz.
ARTICULO 19. Clasificación de las faltas:Faltas Académicas: Cuando el aprendiz incurre con su actuación y su irresponsabilidad en una de las prohibiciones de carácter académico. Faltas disciplinarias: Están relacionadas directamente cuando el aprendiz incumple un deber de carácter disciplinario.
ARTÍCULO 20: Calificación de las faltas: Las faltas académicas y disciplinarias deben calificarse como:- Leves- Graves - Gravísimas.
ARTÍCULO 21:Criterios para calificar la falta: Calificación provisional y la calificación definitiva de las faltas en uno de los tres grados señalando anteriormente.
CAPITULO 5
ARTICULO 6º: Apropiación y desarrollo del conocimiento: Es el proceso donde el aprendiz SENA pone en practica todos sus conocimientos, valores, actitudes y sus destrezas.
ARTICULO 9° Seguimiento de la Etapa Práctica. El seguimiento de la etapa práctica es obligatorio y se realizara de manera virtual para todos los aprendices. El aprendiz elabora una bitácora quincenal, en la que señalara las actividades desarrolladas en la empresa, o donde este ejecutando su etapa practica, de acuerdo con las alternativas de la etapa productiva, de esta forma el instructor asignado puede hacer seguimiento a las actividades q desempeña el aprendiz a través de la plataforma virtual.PROCEDIMIENTO PARA LAAPLICACIÓN DE SANCIONES:¿QUIENES PUEDEN PRESENTAR UNA QUEJA O INFORME?Cualquier persona que tenga conocimientos sobre los hechos que puedan constituir falta disciplinaria o académica determinada en este reglamento (Servidor Público, Contratista, Aprendiz)
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CAP 12: DE LA REPRESENTATIVIDAD DE LOS LIDERES DEL PROGRAMA .
ART 40: APRENDICES LIDERES DE PROGRAMA.Son aquellas personas que desde la inducción muestran capacidades de liderazgo positivo que benefician el hacer de programa de formación y de la comunidad educativa. Cada programa de formación debe contar MINIMO con un líder quien participara en la implementación del SISTEMA NACIONAL DE LIDERAZGO DEL SENA desde su centro.
ART 41: REQUISITOS Y CONDICIONES PARA SER LIDER DE PROGRAMA.-Ser postulado por los aprendices del mismo programa.-Tener disponibilidad para trabajar en equipo con los representantes de centro y demás integrantes de la comunidad educativa cuando se requiera.-Conocer y aplicar los temas de inducción y demostrar interés por su cumplimiento a nivel personal y grupal.

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